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Confirman el procesamiento de un intendente bonaerense en licencia y de su interina por delitos electorales en 2019

La Cámara Nacional Electoral confirmó el procesamiento de Matías Rappallini, intendente de Maipú en uso de licencia, y de su sucesora interina, Lorena Otermin, por delitos electorales en las elecciones de 2019 en ese municipio bonaerense.

Confirman el procesamiento de un intendente bonaerense en licencia y de su interina por delitos electorales en 2019

Esta decisión ratifica la medida dispuesta en abril pasado por el juzgado federal N°1 de La Plata, con competencia electoral en la provincia de Buenos Aires, que los procesó por la retención indebida de documentos de identidad de 27 vecinos durante los comicios del 27 de octubre de 2019.

En esas elecciones, Rappallini, candidato de Juntos por el Cambio, obtuvo la reelección con 3.852 votos, frente a los 2.830 obtenidos por Tomás Bozzano, de Unión por la Patria. En mayo de 2024, Rappallini tomó licencia por motivos personales, siendo reemplazado por Otermin, primera concejala electa y secretaria de Gobierno en octubre de 2019.

Ambos están acusados de los delitos de retención indebida de documentos nacionales de identidad e inducción mediante engaños para abstenerse de votar, tipificados en los artículos 137 y 140 del Código Nacional Electoral. El fallo describe “maniobras coordinadas destinadas a ‘comprar’ los DNI” mediante violencia, intimidación, amenazas, engaños y ofrecimientos ilegítimos de dinero y beneficios estatales.

Según la investigación, Rappallini y Otermin coordinaron la retención de documentos a cambio de dinero, facilidades en gestiones municipales, ayudas sociales, alimentos, materiales para la construcción y colchones. La mayoría de las víctimas no recuperó sus DNI antes de los comicios, lo que les impidió ejercer su derecho al voto.

Además de atender algunas necesidades básicas insatisfechas por la situación socioeconómica de los damnificados, se emplearon amenazas e intimidaciones para asegurar la entrega de estos beneficios y obstaculizar los reclamos de los afectados.

El análisis de conversaciones de WhatsApp reveló el carácter organizado de estas maniobras.

El fallo recuerda que el objetivo principal de la legislación y la autoridad electoral es preservar la pureza del sufragio, base fundamental del sistema representativo establecido por la Constitución, y sancionar cualquier acción que pueda alterarla.

El tribunal también destacó que la acreditación de la identidad es condición indispensable para votar y que el Documento Nacional de Identidad es un instrumento esencial para garantizar la participación ciudadana y el ejercicio del derecho de elegir y ser elegido.

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